Recinto Fiscalizado Estratégico
Garita Internacional Mexicali II Baja California
Cimarrón
El Proyecto

PARQUE LOGISTICO Y RECINTO FISCALIZADO ESTRATEGICO 

El proyecto consiste en desarrollar un PARQUE LOGISTICO INTERNACIONAL CON LOS BENEFICIOS QUE OTORGA EN MEXICO EL ESQUEMA DE ¨RECINTO FISCALIZADO ESTRATEGICO¨ esto en los terrenos colindantes a la Aduana Comercial de la Ciudad de Mexicali Baja California; este esquema ofrece la posibilidad de la introducción por tiempo limitado de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, para ser objeto de almacenaje, manejo, custodia, exhibición, venta, distribución, transformación o reparación.

El establecimiento o desarrollo de este proyecto intenta constituir un factor detonante en la generación de inversión, crecimiento, desarrollo económico y por ende de empleo en el Estado de Baja California, un Estado Industrial que se distingue por ser innovador y altamente capacitado para el desarrollo de nuevos proyectos que nos permiten estar a la vanguardia y en un nivel competitivo de clase mundial.

Actualmente cuenta con una disponibilidad de 90 hectáreas, con una fase mínima inicial de 20 hectáreas divididas de la siguiente forma.

  • ZONA INDUSTRIAL
  • ZONA COMERCIAL CON DESTINO AL EXTRANJERO
  • ZONA DE SERVICIOS

Mexicali Baja California se distingue en nuestro Estado por contar con una aduana comercial con acceso directo natural a predios que son idóneos para una zona franca que podría convertirse en un corredor industrial y de servicios al comercio exterior vía terrestre y aérea.

Las mercancías que se introduzcan al régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico podrán retirarse de dicho recinto para :

  • Importarse definitivamente, si son mercancías extranjeras
  • Exportarse definitivamente, si son mercancías nacionales
  • Retornarse al extranjero las de esa procedencia o reincorporarse al mercado las de origen nacional, cuando los beneficiarios se desistan de este régimen
  • Importarse temporalmente por maquiladoras o empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía
  • Almacenamiento de mercancías extranjeras o nacionales en almacenes generales de depósito fiscal que se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.
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